Foros para vendedores
Iniciar sesión
Iniciar sesión
imgIniciar sesión
imgIniciar sesión
user profile
Seller_Frho7xJP0S6DU

Facturacion comprobar al sat

Quisiera saber cómo resuelven la parte fiscal, ya que amazon nos emite facturas por sus servicios, donde finalmente ese pago no se hace como tal, sino que lo descuenta de tus ventas y te hace una transferencia por el monto después de los cargos. Cómo están manejando esto con el SAT, cómo facturan sus ventas en amazon y cómo meten a gastos las facturas que amazon emite.

314 visualizaciones
11 respuestas
Etiquetas:Facturación, Pagos
10
Responder
user profile
Seller_Frho7xJP0S6DU

Facturacion comprobar al sat

Quisiera saber cómo resuelven la parte fiscal, ya que amazon nos emite facturas por sus servicios, donde finalmente ese pago no se hace como tal, sino que lo descuenta de tus ventas y te hace una transferencia por el monto después de los cargos. Cómo están manejando esto con el SAT, cómo facturan sus ventas en amazon y cómo meten a gastos las facturas que amazon emite.

Etiquetas:Facturación, Pagos
10
314 visualizaciones
11 respuestas
Responder
11 respuestas
user profile
Seller_d8jCTfP0USp3c
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Amazon emite cada mes una factura con todos los cargos relacionados con sus servicios prestados (mensualidad, almacenamiento, envios al FBA, referencias). Esta entra al SAT como un gasto en general. Por otra parte, tus ventas totales por mes puedes hacer una factura “para clientes en general” al RFC: XAXX010101000, como si fuera una venta en una tienda tradicional a personas que no solicitaron factura. Al mismo tiempo, algunos clientes te pueden pedir factura, esos los descuentas de la de “Clientes en general” y la emites con los datos que ellos proporciones.

60
user profile
Seller_VaV1j5e5Lfggm
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Saludos a todos.

Es un muy importante tema el que tienen aqui.

En una reciente auditoria Fiscal la autoridad menciona que
las facturas que nos emite Amazon, ML y otras plataformas NO son deducibles
porque no cumplen el requisito fiscal de estar pagadas con cheque, transferencia, etc.

Y que por lo tanto ese amarre o balance que mencionan no lo valida el SAT e indica que debe ser asi

Cliente compra 1,000.00
Comision de la plataforma (ejemplo) 80.00
Nosotros recibimos 920.00

Se le facturaria al cliente 1,000.00 y aqui es donde el SAT dice que nosotros debemos pagar impuestos por Ingresos recibidos TOTALES de 1,000.00 sin posibilidad de deducir esos 80.00

Sabemos al menos otras 4 personas a las que el SAT tambien les ha dicho que no es deducible, ojo, solo lo hacen en auditoria, pero quiza sea importante saberlo porque
actualmente no existe un medio de defensa que pueda contra esa opinión del SAT en Auditoria y nos lleva a tener Multas solo por la deducción no autorizada de 4 Millones de Pesos

20
user profile
Seller_gfnXn5ZFqzFnr
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola estimados colegas vendedores.

En concreto estas erogaciones SÍ son deducibles conforme a lo estipulado por el Reglamento del Impuesto sobre la Renta y el mismo Reglamento del Código Fiscal de la Federación. El detalle es que como en todo asunto jurídico hay que encontrar las “huecos” que la ley pueda tener.

Para esta caso, el Artículo 41 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta nos dice lo siguiente:

“Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones de crédito o casas de bolsa a la cuenta abierta a nombre del tercero, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con comprobante fiscal a nombre del contribuyente.”

Como se podrá notar, aquí no se indica ninguna objeción respecto a los $2mil pesos ni a la forma de pago, solo que el reembolso de la erogación se haga por cheque o transferencia.

Les voy a compartir un artículo que habla al respecto, pero en resumidas cuentas de lo que se trata es que el pago de la factura que rebasa los $2mil pesos en contabilidad se pague con cargo a la cuenta de “Pagos realizados por cuenta de terceros”, NO CON CARGO A CAJA. Posteriormente el reintegro de las erogaciones debe hacerse con cheque a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspaso a su cuentas bancaria por el valor total incluyendo el IVA trasladado.

Si buscan en la red hay mucha información al respecto, incluso hay criterios emitidos por la corte donde se indica que son deducibles siempre y cuando la recuperación de recursos se haga directamente desde cuenta del contribuyente que pretende deducir, debido a que se está cumpliendo con el principal objeto que tiene dicha imposición, la cual tiene por objeto que se compruebe que las erogaciones se efectuen con capital del propìo contribuyente.

Espero que mi aportación les sea útil.

Saludos a todos

50
user profile
Seller_EQW3FkteQnlj9
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola, les escribo porque como todos tenia estas dudas. He consultado al SAT y les comento mi proceder. Yo lo que hago es que declaro con una factura de clientes en general el TOTAL DE LAS VENTAS. Es decir, si tengo un producto que cuesta 500 MXN en Amazon, lo declaro tal cual. (el IVA ya está incluido así como el resto de comisiones de amazon, logistica, etc…) Por otro lado, la factura que te emite Amazon de gastos tales como suscripcion del vendedor, gastos de logistica, etc… y que viene como concepto “FORMA DE PAGO: Por compensación” SI son deducibles.

Hice la consulta formal al SAT Y esto me respondieron:

"En relación con su aclaración OR201962710156, se le informa a manera de orientación que, si puede deducir la factura en comento siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, ahora bien si el pago es mayor de $ 2,000, se efectuara mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y en el caso de que fuera menor a la cantidad ya citada podrá hacerse en efectivo.
También se hace de su conocimiento que, la compensación es una forma de pago por lo tanto se encuentra incluida en el catálogo de la forma de pagos.

Fundamento legal: Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; Artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y Artículo 32 fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

20
Sigue esta conversación para recibir notificaciones cuando haya nueva actividad
user profile
Seller_Frho7xJP0S6DU

Facturacion comprobar al sat

Quisiera saber cómo resuelven la parte fiscal, ya que amazon nos emite facturas por sus servicios, donde finalmente ese pago no se hace como tal, sino que lo descuenta de tus ventas y te hace una transferencia por el monto después de los cargos. Cómo están manejando esto con el SAT, cómo facturan sus ventas en amazon y cómo meten a gastos las facturas que amazon emite.

314 visualizaciones
11 respuestas
Etiquetas:Facturación, Pagos
10
Responder
user profile
Seller_Frho7xJP0S6DU

Facturacion comprobar al sat

Quisiera saber cómo resuelven la parte fiscal, ya que amazon nos emite facturas por sus servicios, donde finalmente ese pago no se hace como tal, sino que lo descuenta de tus ventas y te hace una transferencia por el monto después de los cargos. Cómo están manejando esto con el SAT, cómo facturan sus ventas en amazon y cómo meten a gastos las facturas que amazon emite.

Etiquetas:Facturación, Pagos
10
314 visualizaciones
11 respuestas
Responder
user profile

Facturacion comprobar al sat

por parte de Seller_Frho7xJP0S6DU

Quisiera saber cómo resuelven la parte fiscal, ya que amazon nos emite facturas por sus servicios, donde finalmente ese pago no se hace como tal, sino que lo descuenta de tus ventas y te hace una transferencia por el monto después de los cargos. Cómo están manejando esto con el SAT, cómo facturan sus ventas en amazon y cómo meten a gastos las facturas que amazon emite.

Etiquetas:Facturación, Pagos
10
314 visualizaciones
11 respuestas
Responder
11 respuestas
11 respuestas
Filtros rápidos
Ordenar por
user profile
Seller_d8jCTfP0USp3c
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Amazon emite cada mes una factura con todos los cargos relacionados con sus servicios prestados (mensualidad, almacenamiento, envios al FBA, referencias). Esta entra al SAT como un gasto en general. Por otra parte, tus ventas totales por mes puedes hacer una factura “para clientes en general” al RFC: XAXX010101000, como si fuera una venta en una tienda tradicional a personas que no solicitaron factura. Al mismo tiempo, algunos clientes te pueden pedir factura, esos los descuentas de la de “Clientes en general” y la emites con los datos que ellos proporciones.

60
user profile
Seller_VaV1j5e5Lfggm
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Saludos a todos.

Es un muy importante tema el que tienen aqui.

En una reciente auditoria Fiscal la autoridad menciona que
las facturas que nos emite Amazon, ML y otras plataformas NO son deducibles
porque no cumplen el requisito fiscal de estar pagadas con cheque, transferencia, etc.

Y que por lo tanto ese amarre o balance que mencionan no lo valida el SAT e indica que debe ser asi

Cliente compra 1,000.00
Comision de la plataforma (ejemplo) 80.00
Nosotros recibimos 920.00

Se le facturaria al cliente 1,000.00 y aqui es donde el SAT dice que nosotros debemos pagar impuestos por Ingresos recibidos TOTALES de 1,000.00 sin posibilidad de deducir esos 80.00

Sabemos al menos otras 4 personas a las que el SAT tambien les ha dicho que no es deducible, ojo, solo lo hacen en auditoria, pero quiza sea importante saberlo porque
actualmente no existe un medio de defensa que pueda contra esa opinión del SAT en Auditoria y nos lleva a tener Multas solo por la deducción no autorizada de 4 Millones de Pesos

20
user profile
Seller_gfnXn5ZFqzFnr
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola estimados colegas vendedores.

En concreto estas erogaciones SÍ son deducibles conforme a lo estipulado por el Reglamento del Impuesto sobre la Renta y el mismo Reglamento del Código Fiscal de la Federación. El detalle es que como en todo asunto jurídico hay que encontrar las “huecos” que la ley pueda tener.

Para esta caso, el Artículo 41 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta nos dice lo siguiente:

“Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones de crédito o casas de bolsa a la cuenta abierta a nombre del tercero, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con comprobante fiscal a nombre del contribuyente.”

Como se podrá notar, aquí no se indica ninguna objeción respecto a los $2mil pesos ni a la forma de pago, solo que el reembolso de la erogación se haga por cheque o transferencia.

Les voy a compartir un artículo que habla al respecto, pero en resumidas cuentas de lo que se trata es que el pago de la factura que rebasa los $2mil pesos en contabilidad se pague con cargo a la cuenta de “Pagos realizados por cuenta de terceros”, NO CON CARGO A CAJA. Posteriormente el reintegro de las erogaciones debe hacerse con cheque a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspaso a su cuentas bancaria por el valor total incluyendo el IVA trasladado.

Si buscan en la red hay mucha información al respecto, incluso hay criterios emitidos por la corte donde se indica que son deducibles siempre y cuando la recuperación de recursos se haga directamente desde cuenta del contribuyente que pretende deducir, debido a que se está cumpliendo con el principal objeto que tiene dicha imposición, la cual tiene por objeto que se compruebe que las erogaciones se efectuen con capital del propìo contribuyente.

Espero que mi aportación les sea útil.

Saludos a todos

50
user profile
Seller_EQW3FkteQnlj9
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola, les escribo porque como todos tenia estas dudas. He consultado al SAT y les comento mi proceder. Yo lo que hago es que declaro con una factura de clientes en general el TOTAL DE LAS VENTAS. Es decir, si tengo un producto que cuesta 500 MXN en Amazon, lo declaro tal cual. (el IVA ya está incluido así como el resto de comisiones de amazon, logistica, etc…) Por otro lado, la factura que te emite Amazon de gastos tales como suscripcion del vendedor, gastos de logistica, etc… y que viene como concepto “FORMA DE PAGO: Por compensación” SI son deducibles.

Hice la consulta formal al SAT Y esto me respondieron:

"En relación con su aclaración OR201962710156, se le informa a manera de orientación que, si puede deducir la factura en comento siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, ahora bien si el pago es mayor de $ 2,000, se efectuara mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y en el caso de que fuera menor a la cantidad ya citada podrá hacerse en efectivo.
También se hace de su conocimiento que, la compensación es una forma de pago por lo tanto se encuentra incluida en el catálogo de la forma de pagos.

Fundamento legal: Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; Artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y Artículo 32 fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

20
Sigue esta conversación para recibir notificaciones cuando haya nueva actividad
user profile
Seller_d8jCTfP0USp3c
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Amazon emite cada mes una factura con todos los cargos relacionados con sus servicios prestados (mensualidad, almacenamiento, envios al FBA, referencias). Esta entra al SAT como un gasto en general. Por otra parte, tus ventas totales por mes puedes hacer una factura “para clientes en general” al RFC: XAXX010101000, como si fuera una venta en una tienda tradicional a personas que no solicitaron factura. Al mismo tiempo, algunos clientes te pueden pedir factura, esos los descuentas de la de “Clientes en general” y la emites con los datos que ellos proporciones.

60
user profile
Seller_d8jCTfP0USp3c
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Amazon emite cada mes una factura con todos los cargos relacionados con sus servicios prestados (mensualidad, almacenamiento, envios al FBA, referencias). Esta entra al SAT como un gasto en general. Por otra parte, tus ventas totales por mes puedes hacer una factura “para clientes en general” al RFC: XAXX010101000, como si fuera una venta en una tienda tradicional a personas que no solicitaron factura. Al mismo tiempo, algunos clientes te pueden pedir factura, esos los descuentas de la de “Clientes en general” y la emites con los datos que ellos proporciones.

60
Responder
user profile
Seller_VaV1j5e5Lfggm
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Saludos a todos.

Es un muy importante tema el que tienen aqui.

En una reciente auditoria Fiscal la autoridad menciona que
las facturas que nos emite Amazon, ML y otras plataformas NO son deducibles
porque no cumplen el requisito fiscal de estar pagadas con cheque, transferencia, etc.

Y que por lo tanto ese amarre o balance que mencionan no lo valida el SAT e indica que debe ser asi

Cliente compra 1,000.00
Comision de la plataforma (ejemplo) 80.00
Nosotros recibimos 920.00

Se le facturaria al cliente 1,000.00 y aqui es donde el SAT dice que nosotros debemos pagar impuestos por Ingresos recibidos TOTALES de 1,000.00 sin posibilidad de deducir esos 80.00

Sabemos al menos otras 4 personas a las que el SAT tambien les ha dicho que no es deducible, ojo, solo lo hacen en auditoria, pero quiza sea importante saberlo porque
actualmente no existe un medio de defensa que pueda contra esa opinión del SAT en Auditoria y nos lleva a tener Multas solo por la deducción no autorizada de 4 Millones de Pesos

20
user profile
Seller_VaV1j5e5Lfggm
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Saludos a todos.

Es un muy importante tema el que tienen aqui.

En una reciente auditoria Fiscal la autoridad menciona que
las facturas que nos emite Amazon, ML y otras plataformas NO son deducibles
porque no cumplen el requisito fiscal de estar pagadas con cheque, transferencia, etc.

Y que por lo tanto ese amarre o balance que mencionan no lo valida el SAT e indica que debe ser asi

Cliente compra 1,000.00
Comision de la plataforma (ejemplo) 80.00
Nosotros recibimos 920.00

Se le facturaria al cliente 1,000.00 y aqui es donde el SAT dice que nosotros debemos pagar impuestos por Ingresos recibidos TOTALES de 1,000.00 sin posibilidad de deducir esos 80.00

Sabemos al menos otras 4 personas a las que el SAT tambien les ha dicho que no es deducible, ojo, solo lo hacen en auditoria, pero quiza sea importante saberlo porque
actualmente no existe un medio de defensa que pueda contra esa opinión del SAT en Auditoria y nos lleva a tener Multas solo por la deducción no autorizada de 4 Millones de Pesos

20
Responder
user profile
Seller_gfnXn5ZFqzFnr
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola estimados colegas vendedores.

En concreto estas erogaciones SÍ son deducibles conforme a lo estipulado por el Reglamento del Impuesto sobre la Renta y el mismo Reglamento del Código Fiscal de la Federación. El detalle es que como en todo asunto jurídico hay que encontrar las “huecos” que la ley pueda tener.

Para esta caso, el Artículo 41 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta nos dice lo siguiente:

“Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones de crédito o casas de bolsa a la cuenta abierta a nombre del tercero, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con comprobante fiscal a nombre del contribuyente.”

Como se podrá notar, aquí no se indica ninguna objeción respecto a los $2mil pesos ni a la forma de pago, solo que el reembolso de la erogación se haga por cheque o transferencia.

Les voy a compartir un artículo que habla al respecto, pero en resumidas cuentas de lo que se trata es que el pago de la factura que rebasa los $2mil pesos en contabilidad se pague con cargo a la cuenta de “Pagos realizados por cuenta de terceros”, NO CON CARGO A CAJA. Posteriormente el reintegro de las erogaciones debe hacerse con cheque a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspaso a su cuentas bancaria por el valor total incluyendo el IVA trasladado.

Si buscan en la red hay mucha información al respecto, incluso hay criterios emitidos por la corte donde se indica que son deducibles siempre y cuando la recuperación de recursos se haga directamente desde cuenta del contribuyente que pretende deducir, debido a que se está cumpliendo con el principal objeto que tiene dicha imposición, la cual tiene por objeto que se compruebe que las erogaciones se efectuen con capital del propìo contribuyente.

Espero que mi aportación les sea útil.

Saludos a todos

50
user profile
Seller_gfnXn5ZFqzFnr
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola estimados colegas vendedores.

En concreto estas erogaciones SÍ son deducibles conforme a lo estipulado por el Reglamento del Impuesto sobre la Renta y el mismo Reglamento del Código Fiscal de la Federación. El detalle es que como en todo asunto jurídico hay que encontrar las “huecos” que la ley pueda tener.

Para esta caso, el Artículo 41 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta nos dice lo siguiente:

“Cuando el contribuyente efectúe erogaciones a través de un tercero, excepto tratándose de contribuciones, viáticos o gastos de viaje, deberá expedir cheques nominativos a favor de éste o mediante traspasos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones de crédito o casas de bolsa a la cuenta abierta a nombre del tercero, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con comprobante fiscal a nombre del contribuyente.”

Como se podrá notar, aquí no se indica ninguna objeción respecto a los $2mil pesos ni a la forma de pago, solo que el reembolso de la erogación se haga por cheque o transferencia.

Les voy a compartir un artículo que habla al respecto, pero en resumidas cuentas de lo que se trata es que el pago de la factura que rebasa los $2mil pesos en contabilidad se pague con cargo a la cuenta de “Pagos realizados por cuenta de terceros”, NO CON CARGO A CAJA. Posteriormente el reintegro de las erogaciones debe hacerse con cheque a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspaso a su cuentas bancaria por el valor total incluyendo el IVA trasladado.

Si buscan en la red hay mucha información al respecto, incluso hay criterios emitidos por la corte donde se indica que son deducibles siempre y cuando la recuperación de recursos se haga directamente desde cuenta del contribuyente que pretende deducir, debido a que se está cumpliendo con el principal objeto que tiene dicha imposición, la cual tiene por objeto que se compruebe que las erogaciones se efectuen con capital del propìo contribuyente.

Espero que mi aportación les sea útil.

Saludos a todos

50
Responder
user profile
Seller_EQW3FkteQnlj9
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola, les escribo porque como todos tenia estas dudas. He consultado al SAT y les comento mi proceder. Yo lo que hago es que declaro con una factura de clientes en general el TOTAL DE LAS VENTAS. Es decir, si tengo un producto que cuesta 500 MXN en Amazon, lo declaro tal cual. (el IVA ya está incluido así como el resto de comisiones de amazon, logistica, etc…) Por otro lado, la factura que te emite Amazon de gastos tales como suscripcion del vendedor, gastos de logistica, etc… y que viene como concepto “FORMA DE PAGO: Por compensación” SI son deducibles.

Hice la consulta formal al SAT Y esto me respondieron:

"En relación con su aclaración OR201962710156, se le informa a manera de orientación que, si puede deducir la factura en comento siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, ahora bien si el pago es mayor de $ 2,000, se efectuara mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y en el caso de que fuera menor a la cantidad ya citada podrá hacerse en efectivo.
También se hace de su conocimiento que, la compensación es una forma de pago por lo tanto se encuentra incluida en el catálogo de la forma de pagos.

Fundamento legal: Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; Artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y Artículo 32 fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

20
user profile
Seller_EQW3FkteQnlj9
En respuesta a la publicación de Seller_Frho7xJP0S6DU

Hola, les escribo porque como todos tenia estas dudas. He consultado al SAT y les comento mi proceder. Yo lo que hago es que declaro con una factura de clientes en general el TOTAL DE LAS VENTAS. Es decir, si tengo un producto que cuesta 500 MXN en Amazon, lo declaro tal cual. (el IVA ya está incluido así como el resto de comisiones de amazon, logistica, etc…) Por otro lado, la factura que te emite Amazon de gastos tales como suscripcion del vendedor, gastos de logistica, etc… y que viene como concepto “FORMA DE PAGO: Por compensación” SI son deducibles.

Hice la consulta formal al SAT Y esto me respondieron:

"En relación con su aclaración OR201962710156, se le informa a manera de orientación que, si puede deducir la factura en comento siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, ahora bien si el pago es mayor de $ 2,000, se efectuara mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y en el caso de que fuera menor a la cantidad ya citada podrá hacerse en efectivo.
También se hace de su conocimiento que, la compensación es una forma de pago por lo tanto se encuentra incluida en el catálogo de la forma de pagos.

Fundamento legal: Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; Artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y Artículo 32 fracción I del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

20
Responder
Sigue esta conversación para recibir notificaciones cuando haya nueva actividad